NUEVA LEGISLACION DEFIENDE CONFIDENCIALIDAD DE PACIENTES Y GARANTIZA SUS DERECHOS

Las investigaciones sobre VIH son supervisadas por CONABIOS; Unidad de Vacunas del Dermatológico saluda la pieza y opera superando las nuevas regulacione

La nueva Ley Nacional sobre el Sida resitúa la República Dominicana en el marco de las nuevas legislaciones con enfoque moderno para gerenciar los aspectos de prevención, curación, derechos de los pacientes e investigación.

Una revisión al texto aprobado por el Congreso Nacional y promulgado por el Poder Ejecutivo, deja establecida toda la estructura jurídica garantista que establece la pieza.

La legislación sustituye la Ley 55-93 que tuvo su impacto en su momento, pero que ya era superada por la realidad, el cambiante panorama de la enfermedad (que ha dejado de ser una sentencia de muerte, para ser un mal crónico manejable y controlable relativamente por los antirretrovirales); cambios en la atención, en el costo de los medicamentos, en la imagen pública de la enfermedad (pese a lo cual se registran todavía casos de discrimen o faltas a la confidencialidad de los pacientes).

Derechos de los pacientes

La nueva ley establece en su Artículo 13 (Derecho a la Confidencialidad) que las personas con VIH o con Sida, tienen derecho a la confidencialidad, lo que implica que no están obligadas a informar a su empleador o compañeros de trabajo en torno a su situación de salud; nadie puede comunicar la condición de salud de una persona sin su consentimiento y establece al personal de salud el respeto a esa confidencialidad.

El Artículo 12 establece el derecho de toda persona afectada, a la educación sobre su condición de salud; el 11 establece el derecho a no ser interferido en el desarrollo de sus actividades y el 10, el derecho a la no discriminación y al trato digno.

El ConaVIHsida

El aporte nuevo de la ley, en términos institucionales, es la creación del Consejo Nacional para el VIH/Sida, como organismo autónomo, multisectorial y de carácter estratégico, adscrito al Ministerio de Salud Pública.

Entre sus funciones se encuentran: coordinar y conducir la Respuesta Nacional del Sida en el país para mitigar el impacto. Tendrá un reglamento interno. Se incluye en sus funciones elaborar y aplicar los lineamientos estratégicos que orienten las políticas, planes y programas de la Respuesta Nacional.

Sobre las pruebas VIH

El artículo 48 prohíbe las pruebas sin el consentimiento expreso de las personas a las que se aplicarán y sin que éstas hayan recibido consejería previa y posterior.

De la Investigación

El Artículo 74, sobre Normas de la Investigación, establece que ninguna persona con VIH o Sida puede ser objeto de investigación científica sin su consentimiento previo por escrito y por lo menos de tres testigos (actualmente se requiere sólo uno) y contar con la aprobación previa del Consejo Nacional de Bioética en Salud (Conabios).

Unidad de Vacunas

La doctora Yeysy Donastorg Cabral, investigadora principal de la Unidad de Vacunas del Instituto Dermatológico, saludó la nueva normativa en cuanto a las investigaciones y destacó que su Unidad excede los requisitos de la Ley al trabajar con más exigencia.

UN APUNTE

Satisfacción en Copresida

El director del Consejo Presidencial del Sida, doctor Gustavo Rojas Lara, manifestó que la promulgación de la Ley 135-11 establece un marco jurídico moderno y actualizado que favorecerá las actividades relacionadas con esta condición de salud y en particular garantizará los derechos de los pacientes a no ser discriminados.

Rojas Lara manifestó que la Ley anterior ya necesitaba de una reformulación para adecuarla a los nuevos tiempos.

La ley 55-93 ya tenía 18 años, período en el cual han cambiado numerosos factores y situaciones en el manejo de los enfoques de curación, prevención e investigación.

“Estamos satisfechos. El proceso se ha llevado tomando en cuenta todos los aspectos relacionados y nos alegra sobre todo el cuidado y el enfoque de garantía de derechos para l los pacientes”, dijo el doctor Rojas Lara.

Sostuvo que se impone ahora apropiarse de cuanto establece el nuevo marco jurídico.

FUENTE: EL NACIONAL

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